este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, salvo en lo establecido en la cláusula quinta, referido a:
"En tal sentido, "EL TRABAJADOR", una vez asesorado, desiste de la reclamación de intereses sobre prestaciones sociales, pues ellos se encuentran incluidos dentro del monto pagado. Asimismo, "EL TRABAJADOR" expresamente declara que desiste, pura y simplemente, de cualquier acción derivada de la relación de trabajo que lo mantuvo unido con el "EL PATRONO".", (subrayado y negrillas del Tribunal).