-III-
DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Décimo Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO, de la Separación de Cuerpos existentes entre los ciudadanos WILMER ALEXANDER CAMACARO YEPEZ y YENNI DAMARIS TORRES PEÑA, quienes son venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.959.051 y V-15.834.314, respectivamente, y consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 15/10/2006, según se evidencia de copia certificada del Acta de Matrimonio Nro. 72, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios.-
Expídase copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda noti.....