Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 24 de octubre de 2008, por el abogado EDUARDO GARCÍA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra el auto de fecha 21 de octubre de 2008 dictado por el Juzgado Trigésimo Octavo de de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por cobro de jubilación sigue el ciudadanos EDMUNDO MORGADO, CRUZ SANCHEZ y otros contra SIDOR, C.A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.