PRIMERO: ADMITE de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano Abg. REINALDO ISEA CHIRINOS, en su condición de Defensor del ciudadano Acusado LUIS MANUEL HERNANDEZ, contra la decisión dictada por el Tribunal Cuadragésimo Cuarto (44°) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 19 de octubre de 2009, mediante la cual admitió el acto conclusivo fiscal y ratificó la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano LUIS MANUEL HERNANDEZ, lo cual según el dicho de la Defensa le causó un gravamen irreparable debido a que: "...la defensa en tiempo hábil y oportuno, le solicito mediante petición bien fundada y motivada a la ciudadana Fiscal 124 del Ministerio Público que tuviese bien citar y entrevistar a los siguientes testigos DULCE DIAZ, YACKSON YANEZ; DEIBY HURTADO, JESUS CASTILLO, LUIS TRIA, DE.....