Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin lugar la incidencia de tacha, propuesta por la representación judicial de la parte demandada. Segundo: Sin lugar la tercería propuesta por la parte demandada. Tercero: Parcialmente con lugar la demanda incoada por la ciudadana Carmenza Chuquen Ramírez contra la Peluquería Unisex e Infantil Alexwil C.A., y se condena a ésta última a pagar a la demandante los conceptos de prestación de antigüedad y sus intereses, vacaciones, bono vacacional, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado, utilidades vencidas, utilidades fraccionadas, intereses de mora y corrección monetaria, cuyo calculo se ordena realizar mediante experticia complementaria del fallo, según lo expuesto en la parte motiva, de acuerdo a.....