En virtud de la propuesta presentada por la Gerencia de Recursos Humanos de la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras, en cuanto a la indemnización consistente en el pago de los sueldos dejados de percibir, y visto el acuerdo entre las partes, acuerda el plazo solicitado, y ordena mantener en sus archivos la presente comisión.