Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar la demanda incoada por la ciudadana MONICA ESCOBAR CASTAÑEDA, contra FRIGORIFICO ALIANZA INTERNACIONAL, C.A., FONDO DE COMERCIO "DELICATESES REY DAVID". Queda la demandada condenada a cancelarle a la actora los conceptos laborales que se indican suficientemente en la parte motiva de la presente decisión.
SEGUNDO: No hay especial condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
La presente decisión ha sido dictada y publicada dentro del lapso legal previsto, en el entendido que las partes se encuentran a derecho para interponer el recurso de ley que consideren contra el presente fallo.