Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL RODOLFO LOERO ARISMENDI (IUTIRLA), en contra del acto administrativo de efectos particulares contenido en la Certificación Nº 0179-10, de fecha 13 de abril de 2010, emanada de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores de Miranda (DIRESAT-Miranda), adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), a favor de la ciudadana Iris Coromoto Ramírez, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.767.181, que certificó que cursa con discopatía degenerativa a nivel de la columna cervical; prominencia de anillo fibroso desde C4-C5 hasta C6-C7; he.....