Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Maria Jiménez, apoderada judicial de la parte oferente, contra la decisión de fecha 05-11-2014, dictada por el Juzgado (18º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada la abogada Jennifer Barreto, apoderada judicial de la parte oferida, contra la decisión de fecha 05-11-2014, dictada por el Juzgado (18º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo. TERCERO: Se Confirma el fallo apelado. CUARTO: No habiendo condenatoria en costas.