en consecuencia, este Juzgado, estando en la oportunidad procesal correspondiente, y verificado como ha sido el lapso concedido a las partes, sin que conste en autos, que dieran cumplimiento a lo señalado en auto de fecha 24 de noviembre de 2014, NIEGA la solicitud de homologación de la transacción presentada en fecha 19 del mismo mes y año. Y así se establece.-
LA JUEZ
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
LA SECRETARIA
MARÍA DÁVILA