CUARTO: la parte demandada cancela a la actora un único pago de Bs. 55.000,00, en cheque de la empresa numero: 39369090, a nombre del trabajador QUINTO: La parte actora declara estar de acuerdo con la transacción celebrada y el pago realizado. Que con el presente acuerdo solicita al Tribunal se de por terminado la presente causa y se ordene el archivo del expediente. Por ultimo solicita al Tribunal homologue la presente causa, dándole efecto de la Cosa Juzgada. Por último la parte demandada solicita al Tribunal le expida copia certificada del acta transaccional y del auto que lo acuerda. Este Tribunal vista que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 de la LOPTRA. Art 89 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, Art 19 de la LOTTT , 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden públi.....