Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demandada incoada por la ciudadana AISQUEL VILLALOBOS contra la ALCALDIA METROPOLITANA DE CARACAS, por prestaciones sociales.
SEGUNDO: Se exonera de costas a la parte actora, conforme a lo dispuesto en el art. 64 LOPTRA.
PRIMERO: SIN LUGAR la demandada incoada por la ciudadana AISQUEL VILLALOBOS contra la ALCALDIA METROPOLITANA DE CARACAS, por prestaciones sociales.
SEGUNDO: Se exonera de costas a la parte actora, conforme a lo dispuesto en el art. 64 LOPTRA.
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