En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Trigésimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano JOSÉ FRANCISCO GUAIQUERIANO, titular de la Cédula de Identidad No.13.903.031, y la empresa SANITAS VENEZUELA, S.A., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos.