DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR: la demanda incoada por la ciudadana YAJAIRA PAIVA venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V.- 4.354.193, contra A. CHELÍN GROUP C.A., inscrita en el Registro mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda el 18 de Septiembre de 1.998, bajo el Nro. 3, Tomo 213-A-Pro, en consecuencia se ordena:
PRIMERO: Se ordena a la parte actora; a retirar la suma de DOS MILLONES DE BOLIVARES SIN CEMTIMOS (Bs. 2.000.000,00), consignados por la parte demandada, mediante la Oferta Real de Pago.
SEGUNDO: Se ordena a la demandada a cancelar la cantidad de CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE BOLÍVARES CON CUARENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 438.297,48), por concepto de diferencia de Prestaciones Sociales, más los intereses sobre prestaciones y mora correspondientes a los conceptos especificados en la parte motiva de la presente decisión.
TERCERO: Se ordena la corrección .....