Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Vigésimo Sexto (26º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial de Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara Con Lugar la Acción Intentada, por el ciudadano ANGEL TEODULO GONZÁLEZ CUBILLÁN, cédula de identidad N°V-12.094.645, en contra de la parte Demandada PREVENCIÓN 357, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Bolivariano de Miranda, bajo el Nº2, Tomo 22-A, de fecha 04 de abril de 1986: PRIMERO: Con Lugar la acción interpuesta por la parte Accionante por cobro de diferencia de prestaciones sociales, respecto a todos y cada uno de los conceptos indicados en la parte motiva de la presente decisión y que corresponden a diferencias por conceptos no pagados: diferencia por conceptos pagados: hora de descanso, hora adicional, domingo y.....