Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en Reenvío en lo Penal, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la presente acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado en ejercicio CHRISTIAN DAVID QUIJADA SUAREZ inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 93.204, en su carácter de defensor privado del ciudadano JOSÉ ENRIQUE RAGA BRITO, titular de la cédula de identidad N° V-14.059.928, venezolano, natural de la ciudad de Los Teques - Estado Miranda, de profesión u oficio auxiliar administrativo, contra la omisión de pronunciamiento por parte de la Jueza del Tribunal Cuarto de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metrop.....