decreta la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la pretensión de Cobro de Contribuciones de Condominio (vía Ejecutiva), deducida por la sociedad mercantil Inmobiliaria Bungalow C.A., actuando con el carácter de administradora de la Comunidad de Propietarios del Edificio Talsi, en contra del ciudadano Carlos Eduardo Arocha Larrazabal, a tenor de lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordada relación con lo previsto en el artículo 269 ejúsdem y, en consecuencia, se declara CONSUMADO el presente procedimiento