DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente explanado, este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, REDIME y la pena por el trabajo a favor del penado GARCIA SOTO ALEXANDER VICENTE, titular de la Cédula de Identidad N°: V-15.800.448, por un tiempo de DOS (2) MESES, CUATRO (4) DÍAS, DOCE (12) HORAS de conformidad con lo previsto en el artículo 14 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, en relación con el artículo 479, ordinal 1°, del Código Orgánico Procesal Penal, la cual ya fue tomada en cuenta como parte de pena cumplida; Y como consecuencia de ello reforma el término de cumplimiento de la pena la cual le fue conmutada por CONFINAMIENTO mediante decisión de fecha 30 de Marzo del año en curso.