"...el Juez Ejecutor administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Embargado Preventivamente el vehiculo señalado por la parte ejecutante hasta por la cantidad de Treinta y Tres Millones Setecientos Cincuenta Mil Bolívares Exactos (Bs.33.750.000,00), y lo coloca en posesión de la parte de la Depositaria Judicial LA RC., C.A., representada en este acto por el ciudadano PEDRO ARGENIS RIVAS, antes identificado, quien encontrándose juramentado aceptó conforme en nombre de su representada".