Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: La Falta de Jurisdicción del Poder Judicial, para conocer y decidir la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por los ciudadanos Luis Hernán González, Elena Rodríguez Aue, Mario Ricardo López Hernández, Antonio Saglimbeni Falloni, Norma Bella de Las Mercedes Hernández de Alvarado y Guillermo Armando Mostaffa Paolini contra el Instituto Metropolitano de Cirugía C.A, todos identificados a los autos. Segundo: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.