Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Vigésimo Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEL PROCESO, seguido en contra del ciudadano JOSE RAFAEL BARON SALAZAR, de nacionalidad venezolana, natural del Zaraza, Estado Guarico, de 24 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en Avenida Pichincha, Boyacá, casa número 10-01, San Agustín del Norte y titular de la cedula de identidad número V-12.636.666, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal (antes de la reforma), en perjuicio de la Colectividad, por haber operado la prescripción de la acción penal, ello de conformidad con lo pautado en el artículo 318.3, concatenado con el artícu.....