PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de apelación interpuesto en fecha veintisiete (27) de marzo de 2007, ejercido por la sociedad mercantil NAFTENOS DEL CARIBE, C.A, en contra de la sentencia de fecha veinte (20) de marzo de 2007, dictada por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas que declaró IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional que intentó dicha sociedad mercantil contra la empresa JO TANKERS B.V.
SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional interpuesta por la sociedad mercantil NAFTENOS DEL CARIBE C.A., en contra de la empresa JO TANKERS B.V, con fundamento en el ordinal 4° del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y en consecuencia se REVOCA la sentencia del Tribunal de Primera Instancia Marítimo con competencia nacional dictada en fecha veinte (20) de marzo de 2007.
TERCERO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas por cua.....