este Despacho Judicial al cargo de la Juez Unipersonal de Juicio Nº 11 del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en las personas de los ciudadanos ALBERTO JOSE RODRIGUEZ DIEZ y ANTONIO JOSE RODRIGUEZ DIEZ, antes identificados, el cargo de CURADOR AD-HOC, en beneficio de los niños (...).