Por las razones expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara:
PRIMERO: NO ACEPTA la declinatoria de competencia realizada por el Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira para conocer del recurso contencioso administrativo funcionaria interpuesto por el abogado JOSÉ FLORENCIO CAMPOS ALVARADO actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ELVIS HUMBERTO GIL MONCADA, todos plenamente identificados en la parte motiva del presente fallo, en contra de la GUARDIA NACIONAL BOLIVARIANA.
SEGUNDO: Solicita de oficio la regulación de la competencia, por ser este el segundo Tribunal que declara su incompetencia. En consecuencia, remítanse las presentes actuaciones a las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, a los fines de que previa distribución cono.....