Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito Ey Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243, 254 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 17 de febrero de 2016, por la representación judicial de la parte actora contra la decisión dictada en fecha 12 de febrero de 2016, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar la pretensión contenida en la presente demanda de partición de comunidad conyugal incoada por el ciudadano GIUSEPPE LIMA CANNONE contra la ciudadana MARÍA BEGOÑA HORGANERO.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictad.....