ordena la SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS DE LA SENTENCIA dictada en fecha 21 de marzo de 2023, por el Juzgado Vigésimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, cursante en el expediente signado con el alfanumérico No. AP31-F-V-2022-000166, nomenclatura interna del Tribunal señalado como agraviante, por lo que se ordena se abstenga, a partir de la notificación de la presente decisión, de realizar cualquier acto u actuación material que persiga el desalojo de la sociedad mercantil RECUPERACIONES VENAMÉRICA RVA C.A., parte accionante en la presente acción de amparo, hasta tanto este Tribunal decida sobre el mérito de la solicitud de Amparo Constitucional. En tal sentido, se ordena la notificación mediante oficio de la Jueza a cargo del Tribunal señalado como agraviante, a objeto de informarle de la medida innominada ut supra decretada. Así se decide.