este Juzgado Trigésimo Tercero ( 33° ) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombré de la Republica y por autoridad de la Ley, declara: COMPETENTE, para conocer del presente juicio, en virtud de que en el caso que nos ocupa se acciona por presuntos derechos derivados de la relación de trabajo, que ha unido a las partes en esta controversia. Y ASÍ SE DECLARA.