Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 08 de marzo de 2010 por la abogado CLAUDIA IRENE CASTRO ROJAS, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 04 de marzo de 2010, oída en ambos efectos por auto de fecha 27 de abril de 2010. SEGUNDO: COMPETENTE al Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Juicio para decidir la presente causa. TERCERO: LA NULIDAD de la sentencia dictada por el Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscr.....