Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la Rectificación del acta de matrimonio solicitada por la ciudadana Betty Josefina Bocaranda Sardi; en tal sentido, ordena que se rectifique el error mencionado, como real y legalmente corresponde.
Ofíciese lo conducente al Registro Civil de la parroquia El Recreo. Municipio Libertador del Distrito Capital, y al Registrador Principal del Distrito Capital, remitiéndoles copia certificada de la presente decisión, a los fines de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 502 del Código Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil.