Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metrópolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte actora MANUEL ORTIZ contra la sentencia dictada el 6 de mayo del 2013 por el Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Queda CONFIRMADA la sentencia apelada.
Se condena en costas a la parte actora, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente sentencia. Remítase el expediente al tribunal de origen, en su oportunidad procesal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicia.....