De manera pues, que en las líneas veintiséis (26) al veintiocho (28) del folio ciento cuarenta y siete (147) del expediente, deberá leerse: "Conoce la presente causa esta Superioridad, en virtud de la apelación interpuesta por la abogada AIMEE ROSALIA VALDERRAMA MARVALDI, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada...", y así se deja establecido.
Téngase la presente decisión como parte integrante del fallo dictado por este Tribunal en fecha 29 de Junio de 2015.
Así lo decide este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
En Caracas, a los tres (3) días del mes de Julio de dos mil quince (2015). Años: 204° de la Independencia y 156° de la Federación.
LA JUEZA,
NANCY ARAGOZA ARA.....