Atendiendo a los razonamientos antes señalados, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la cuestión previa estatuida en el ordinal 1º del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, a la falta de Jurisdicción del Juez en virtud de la existencia de un compromiso arbitral, alegado por la parte demandada sociedad mercantil María Reina Shipping INC, identificada en autos y, por consecuencia, extinguido el proceso.
Se condena en costas a la parte actora por haber resultado totalmente vencida en la presente incidencia