declara: PRIMERO: LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA, interpuesta por el ciudadano JOAN JOSE MARIN MONTANER, contra las entidades de trabajo BANCRECER, S.A Banco de Desarrollo y GESTIONES ADMINISTRATIVAS LEAM (GALCA), C.A. SEGUNDO: Se da por concluida la demanda. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.