Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Este Juzgado deja constancia de que le hizo entrega a las partes de sus correspondientes elementos probatorios aportados al inicio de la audiencia, quienes declaran haberlos recibido en este acto.