VI.
Dispositivo
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano CARLOS ENRIQUE RONDÓN contra LATIMER INVERSIONES, C.A., liquidada por el FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS Y PROTECCIÓN BANCARIA, C.A., partes suficientemente identificadas a los autos, por lo que en consecuencia se ordena el pago de compensación por transferencia establecida en el literal "B", del artículo 666 de la Ley Orgánica del Trabajo, intereses de mora e indexación, de la forma establecida en la parte motiva de la presente decisión. A los fines de su cuantificación, se ordena la práctica de una experticia complementaria del fallo a tenor con lo previsto en el artículo 159 de la L.....