Por las consideraciones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE el derecho del abogado en ejercicio ENOBALDO JOSE HERNANDEZ BRITO, antes identificado, a cobrar honorarios en contra de la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN EL GRAN BLANCO, C.A., en la persona del ciudadano MAURICIO JOSE ALFONSO BERMUDEZ, también identificados en autos.