A tales efectos, la empresa demandada le cancela a la demandante la cantidad de mil seiscientos setenta bolívares (Bs 1670,00), a través de cheque Banesco cuenta corriente 01340413544131023370, número de cheque 15599679. Así mismo, la empresa demandada le cancela al experto contable Pedro Álvarez, titular de la cédula de identidad 6. 233254, la cantidad de mil doscientos diecisesis (Bs.1216,00). En consecuencia, este Tribunal homologa el convenio de pago a tenor de lo previsto en el artículo 525 del Código de Procedimiento Civil aplicable por analogía a tenor del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se declara.
Se da por terminado el proceso y se ordena el archivo del expediente.