IV. DISPOSITIVO:
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación formulada por la parte accionante, plenamente identificada en autos, contra el auto dictado por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 11 de marzo de 2016. SEGUNDO: Se CONFIRMA el auto objeto de apelación. TERCERO: No hay condenatoria en costas.