CAPÍTULO IV
DISPOSITIVO
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto (4°) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada contra la sentencia dictada en fecha dos (02) de diciembre de 2020, emanada del Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, la cual negó la homologación del acuerdo transaccional presentado por las partes en fecha veinte (20) de noviembre de 2020; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia recurrida dictada por el Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo en fecha dos (02) de diciembre de 2020. TERCERO: Dada la naturaleza del fallo, n.....