declara INCOMPETENTE para conocer de la acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana KAREN NAYIBA PACHECO UBAC, portadora de la cédula de identidad Nro. 12.639.389, actuando en su propio nombre y representación contra la ciudadana BELKIS MORELY BRICEÑO DOMINGUEZ, portadora de la cédula de identidad Nro. 6.925.911, en virtud del desalojo arbitrario del inmueble en el cual vivía en calidad de arrendataria.
2.- Ordena la remisión del presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Tribunales de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito del Área Metropolitana de Caracas.