En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar la apelación efectuada por el ciudadano Luís Alfredo González Tovar, en contra de la sentencia proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha diecinueve (19) de diciembre del 2003.
SEGUNDO: Se confirma la sentencia apelada por los motivos expuestos en el presente fallo.
TERCERO: Se declara resuelto el contrato de compra-venta suscrito por Inversiones Nelar 26, C.A. y el ciudadano Luís Alfredo González Tovar.
CUARTO: Queda en beneficio de la vendedora, Inversiones Nelar 26, C.A., el monto pagado contenido en las letras Nros. 1/181, 2/181, 3/181, 4/.....