Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA DEMANDA que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, suscrito en fecha 15 de Julio de 2.006, cuyo objeto es una casa de su propiedad, ubicada en la final calle Los Rosales entre Frontera y Fáima No. 15, Urbanización Los Rosales, Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Capital, POR VENCIMIENTO DEL TERMINO, incoara la ciudadana MARTHA NELLY GONZALEZ NIÑO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. 6.087.647, asistida por los abogados ROBERTO AREVALO MAGDALENO y EVA ZENAIDA PEREZ abogados en ejercicio de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 84.579 y 84.418 respectivamente, contra la ciudadana GLICERIA AURORA DELGADO.
Se condena a la parte actora en costas por.....