Por los fundamentos antes expuestos este tribunal superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE la demanda de cobro de bolívares por concepto de honorarios profesionales incoada por los ciudadanos TULIO COLMENARES RODRÍGUEZ, TULIO MIGUEL COLMENARES TORREALBA y JUAN FRANCISCO COLMENARES contra los ciudadanos FABIÁN ERNESTO BURBANO PULLAS y YANIRA ROJAS OLARTE y las sociedades mercantiles ABC FORMAS Y SISTEMAS C.A. y PROMOCIONES VANACOR C.A., todos ellos identificados al comienzo de esta sentencia. SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado JUAN FRANCISCO COLMENARES T. en fecha 7 de febrero de 2008, contra el fallo proferido por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 8 de febrero de 2007, cursante a los folios 204 al 226.
Queda NULO todo lo actuado en sede de primera instancia, con excepción de.....