V
DISPOSITIVA
Por las razones y consideraciones que anteceden, este Juzgado Undécimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
Primero: CON LUGAR la acción de Amparo Constitucional, interpuesta por los ciudadanos JAIRO MARIN CASTILLO VELASQUEZ y LUIS ENRIQUE GONZALEZ GUERRA, mayores de edad, venezolanos y titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-10.012.891 y V.- 1.878.428, respectivamente, contra la JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO RESIDENCIAS MORICHAL, representada por los ciudadanos HECTOR ROSA REYES, CARLOS EDUARDO COLMENARES VARELA, CRESCENCIO ALMENA BARRIOS, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 81.697.094, 3.252.668 y 6.162.706, respectivamente.-
Segundo: Se ordena a la JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO RESIDENCIAS MORICHAL, representada por los ciudadanos HECTOR ROSA REYES, C.....