CAPITULO III
DE LA DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 254 y Ordinal 1ero del Articulo 267 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: UNICO: declara CONSUMADA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO POR FALTA DE PAGO Y OTROS INCUMPLIMIENTOS sigue la Sociedad Mercantil DESARROLLOS INMOBILIARIOS y COMERCIALES DE VENEZUELA, C.A, empresa de este domicilio, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 10 de Octubre de 1972, bajo el Nro. 24, Tomo 111-A y su ultima reforma inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 30 de Agosto de 2001, .....