DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: LA NULIDAD del auto de fecha 19 de junio de 2017, dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el cual oyó la apelación interpretada como ejercida por la representación judicial de la parte actora, abogado Luis Gerardo Ascanio Esteves, en el juicio que por PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA siguen los ciudadanos HECTOR OMAR TORO VERA y MARCELINA PEREZ DE TORO contra la ciudadana MARIA ORELLANES DE ARCILES, y contra los herederos desconocidos de la de cujus ROSALIA RAMOS.
SEGUNDO: En consecuencia de la nulidad declarada, se ordena la inmediata remisión del presente expediente en s.....