En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL SUPERIOR TERCERO DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por los apoderados judiciales de la contribuyente SUPERCABLE ALK INTERNACIONAL S.A., y, en consecuencia:
1) Se CONFIRMA en todo y cada una de sus partes la Resolución identificada con la numeración 000207 de fecha veintiocho (28) de abril del 2009, notificada legalmente al recurrente el día seis (06) de mayo del 2.009 , dictada por la ciudadana Ministra del Poder Popular para las Telecomunicaciones y la Informática en donde confirma íntegramente la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo signada con la numeraciónGGO-GRF-001957 de fecha veintiocho (28) de agosto del 2.008 dictada por la ciudadana Directora General de la Comisión Nacional de Telecomu.....