a fin de dar vigencia a los principios constitucionales de Tutela Judicial Efectiva y el Debido Proceso, ordena dejar sin efecto la resolución de fecha 04 de octubre del año en curso que declaró perecido el recurso de apelación interpuesto por la Abogada ANTONIA TURBAY HERNANDO Nº 76.556, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana NURIS DEL VALLE PRADO PIÑERO, cédula de identidad Nº V- 10.942.220.