Por los razonamientos antes expuestos este JUZGADO TRIGÉSIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara forzosamente la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el proceso incoado por PEDRO HERMOSO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y portador de la cédula de identidad No. 5.441.806, contra la empresa S. G. S. VENEZUELA S. A., por el motivo de Cobro de diferencia de Prestaciones Sociales. Así se establece