Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE POR CADUCA, la querella interpuesta por la ciudadana MORELIA JOSEFINA ULACIO, portadora de la cédula de identidad Nº V- 4.637.600, representado judicialmente por los abogados Luis Humberto Sánchez Henrríquez, Maria Asnelly Ruiz Guzmán y Krysthel Elisabeth Fernández Montenegro, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 57.938, 127.704 y 115.965 respectivamente, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ (CUERPO TÉCNICO DE VIGILANCIA DEL TRANSPORTE TERRESTRE).